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📌𝐄𝐥 𝐚𝐫𝐛𝐢𝐭𝐫𝐚𝐣𝐞 𝐞𝐣𝐞𝐜𝐮𝐭𝐢𝐯𝐨 𝐩𝐫𝐨𝐦𝐞𝐭𝐞 𝐜𝐨𝐛𝐫𝐨𝐬 𝐦á𝐬 𝐫á𝐩𝐢𝐝𝐨𝐬, 𝐩𝐞𝐫𝐨 𝐞𝐱𝐢𝐠𝐞 𝐮𝐧𝐚 𝐫𝐞𝐠𝐥𝐚 𝐛á𝐬𝐢𝐜𝐚: 𝐪𝐮𝐞 𝐞𝐥 𝐜𝐨𝐧𝐬𝐮𝐦𝐢𝐝𝐨𝐫 𝐞𝐧𝐭𝐢𝐞𝐧𝐝𝐚 𝐥𝐨 𝐪𝐮𝐞 𝐟𝐢𝐫𝐦𝐚...
15/05/2026

📌𝐄𝐥 𝐚𝐫𝐛𝐢𝐭𝐫𝐚𝐣𝐞 𝐞𝐣𝐞𝐜𝐮𝐭𝐢𝐯𝐨 𝐩𝐫𝐨𝐦𝐞𝐭𝐞 𝐜𝐨𝐛𝐫𝐨𝐬 𝐦á𝐬 𝐫á𝐩𝐢𝐝𝐨𝐬, 𝐩𝐞𝐫𝐨 𝐞𝐱𝐢𝐠𝐞 𝐮𝐧𝐚 𝐫𝐞𝐠𝐥𝐚 𝐛á𝐬𝐢𝐜𝐚: 𝐪𝐮𝐞 𝐞𝐥 𝐜𝐨𝐧𝐬𝐮𝐦𝐢𝐝𝐨𝐫 𝐞𝐧𝐭𝐢𝐞𝐧𝐝𝐚 𝐥𝐨 𝐪𝐮𝐞 𝐟𝐢𝐫𝐦𝐚.

La Ley 2540 de 2025 introduce en Colombia el ejecutivo como una herramienta para resolver deudas y obligaciones con mayor agilidad. Pero su alcance no se limita a acelerar procesos: también plantea una discusión clave sobre transparencia, información y equilibrio contractual.

⤷Jose Elias Del Hierro Hoyos, Socio Director de Del Hierro Abogados, abogado de la Pontificia Universidad Javeriana, especialista en Legislación Financiera de la Universidad de los Andes - Colombia y magíster en Derecho Civil y Obligaciones de la Université Panthéon-Assas Paris II, ofrece una lectura especialmente relevante sobre este nuevo mecanismo desde la perspectiva del y de las empresas que deberán implementarlo correctamente.

Su análisis muestra que el arbitraje ejecutivo no puede entenderse como una simple vía rápida de cobro. Para que sea válido y confiable, el consumidor debe recibir información clara, suficiente y verificable antes de firmar. A su vez, las empresas deberán documentar ...



La verdadera eficiencia jurídica no se mide solo por la rapidez del cobro, sino por la claridad con la que

📌𝐄𝐥 𝐌𝐮𝐧𝐝𝐢𝐚𝐥 𝐞𝐬 𝐮𝐧𝐚 𝐨𝐩𝐨𝐫𝐭𝐮𝐧𝐢𝐝𝐚𝐝 𝐞𝐧𝐨𝐫𝐦𝐞 𝐩𝐚𝐫𝐚 𝐥𝐚𝐬 𝐦𝐚𝐫𝐜𝐚𝐬, 𝐩𝐞𝐫𝐨 𝐭𝐚𝐦𝐛𝐢é𝐧 𝐮𝐧 𝐭𝐞𝐫𝐫𝐞𝐧𝐨 𝐥𝐥𝐞𝐧𝐨 𝐝𝐞 𝐫𝐢𝐞𝐬𝐠𝐨𝐬 𝐥𝐞𝐠𝐚𝐥𝐞𝐬.Cuando llega est...
15/05/2026

📌𝐄𝐥 𝐌𝐮𝐧𝐝𝐢𝐚𝐥 𝐞𝐬 𝐮𝐧𝐚 𝐨𝐩𝐨𝐫𝐭𝐮𝐧𝐢𝐝𝐚𝐝 𝐞𝐧𝐨𝐫𝐦𝐞 𝐩𝐚𝐫𝐚 𝐥𝐚𝐬 𝐦𝐚𝐫𝐜𝐚𝐬, 𝐩𝐞𝐫𝐨 𝐭𝐚𝐦𝐛𝐢é𝐧 𝐮𝐧 𝐭𝐞𝐫𝐫𝐞𝐧𝐨 𝐥𝐥𝐞𝐧𝐨 𝐝𝐞 𝐫𝐢𝐞𝐬𝐠𝐨𝐬 𝐥𝐞𝐠𝐚𝐥𝐞𝐬.

Cuando llega este evento, las buscan sumarse a la conversación, conectar con los hinchas y aprovechar la emoción colectiva que despierta el . Pero hay una línea que no siempre es evidente: una cosa es hablar de fútbol y otra muy distinta es sugerir que existe una relación oficial con el sin autorización.

⚽️Ese es el punto central del análisis de Isabella Gutiérrez Chinchilla, asociada del equipo de Privacidad y Tecnología en Dentons Cardenas & Cardenas, quien explica por qué la creatividad durante este tipo de eventos debe jugar de la mano con una estrategia legal sólida.

⤷Su artículo aborda el riesgo de la publicidad parasitaria, o 𝐚𝐦𝐛𝐮𝐬𝐡 𝐦𝐚𝐫𝐤𝐞𝐭𝐢𝐧𝐠, una práctica que puede presentarse cuando una marca intenta asociarse al Mundial sin ser patrocinadora oficial. El problema no está únicamente en ...



Un gol publicitario mal jugado puede ser un autogol legal. Isabella Gutiérrez Chinchilla Cada cuatro años, el mundo entero suspende

📌¿𝐇𝐚𝐬𝐭𝐚 𝐪𝐮é 𝐩𝐮𝐧𝐭𝐨 𝐮𝐧𝐚 𝐞𝐦𝐩𝐫𝐞𝐬𝐚 𝐩𝐮𝐞𝐝𝐞 𝐥𝐥𝐚𝐦𝐚𝐫𝐬𝐞 “𝐄𝐧𝐜𝐚𝐫𝐠𝐚𝐝𝐨 𝐝𝐞𝐥 𝐓𝐫𝐚𝐭𝐚𝐦𝐢𝐞𝐧𝐭𝐨” 𝐬𝐢 𝐞𝐧 𝐥𝐚 𝐩𝐫á𝐜𝐭𝐢𝐜𝐚 𝐝𝐞𝐜𝐢𝐝𝐞 𝐜ó𝐦𝐨, 𝐩𝐚𝐫𝐚 𝐪𝐮é 𝐲 𝐛𝐚𝐣𝐨 ...
15/05/2026

📌¿𝐇𝐚𝐬𝐭𝐚 𝐪𝐮é 𝐩𝐮𝐧𝐭𝐨 𝐮𝐧𝐚 𝐞𝐦𝐩𝐫𝐞𝐬𝐚 𝐩𝐮𝐞𝐝𝐞 𝐥𝐥𝐚𝐦𝐚𝐫𝐬𝐞 “𝐄𝐧𝐜𝐚𝐫𝐠𝐚𝐝𝐨 𝐝𝐞𝐥 𝐓𝐫𝐚𝐭𝐚𝐦𝐢𝐞𝐧𝐭𝐨” 𝐬𝐢 𝐞𝐧 𝐥𝐚 𝐩𝐫á𝐜𝐭𝐢𝐜𝐚 𝐝𝐞𝐜𝐢𝐝𝐞 𝐜ó𝐦𝐨, 𝐩𝐚𝐫𝐚 𝐪𝐮é 𝐲 𝐛𝐚𝐣𝐨 𝐪𝐮é 𝐥ó𝐠𝐢𝐜𝐚 𝐬𝐞 𝐞𝐱𝐩𝐥𝐨𝐭𝐚𝐧 𝐥𝐨𝐬 𝐝𝐚𝐭𝐨𝐬 𝐩𝐞𝐫𝐬𝐨𝐧𝐚𝐥𝐞𝐬?

La discusión dejó de ser puramente contractual. La Superintendencia de Industria y Comercio viene consolidando una posición cada vez más contundente: en protección de , el principio de realidad sobre las formas también gobierna la definición de los roles dentro del .

⤷En este análisis, Alejandro Gómez Laserna —abogado enfocado en derecho corporativo, protección de datos personales, derecho del consumo y cumplimiento normativo— aborda una de las tensiones más relevantes para modelos de negocio digitales, integradores tecnológicos, plataformas de procesamiento y estructuras empresariales basadas en flujos intensivos de datos: la diferencia entre el rol que se firma y el rol que realmente se ejerce.

🗞️ Desde una lectura técnica y estratégica de la Ley 1581 de 2012, el Decreto 1074 de 2015 y recientes pronunciamientos de la SIC, el artículo expone cómo ciertas organizaciones que operan bajo la apariencia de Encargados del Tratamiento podrían terminar siendo consideradas Responsables —o incluso Corresponsables— cuando en la práctica controlan fines o medios esenciales del tratamiento de datos personales.

Más allá de una discusión teórica, el análisis evidencia cómo esta interpretación ya está generando consecuencias regulatorias concretas, incluyendo órdenes administrativas, exigencias de cumplimiento y potenciales reestructuraciones operativas.



“(…)la propia SIC ha indicado que en el tratamiento de datos personales también aplica el principio de realidad sobre las

📌𝐋𝐚 𝐞𝐧𝐞𝐫𝐠í𝐚 𝐝𝐞𝐣ó 𝐝𝐞 𝐬𝐞𝐫 𝐮𝐧 𝐜𝐨𝐬𝐭𝐨 𝐨𝐩𝐞𝐫𝐚𝐭𝐢𝐯𝐨: 𝐡𝐨𝐲 𝐞𝐬 𝐮𝐧𝐚 𝐝𝐞𝐜𝐢𝐬𝐢ó𝐧 𝐞𝐬𝐭𝐫𝐚𝐭é𝐠𝐢𝐜𝐚 𝐝𝐞 𝐫𝐞𝐬𝐢𝐥𝐢𝐞𝐧𝐜𝐢𝐚 𝐞𝐦𝐩𝐫𝐞𝐬𝐚𝐫𝐢𝐚𝐥.El contexto     e...
15/05/2026

📌𝐋𝐚 𝐞𝐧𝐞𝐫𝐠í𝐚 𝐝𝐞𝐣ó 𝐝𝐞 𝐬𝐞𝐫 𝐮𝐧 𝐜𝐨𝐬𝐭𝐨 𝐨𝐩𝐞𝐫𝐚𝐭𝐢𝐯𝐨: 𝐡𝐨𝐲 𝐞𝐬 𝐮𝐧𝐚 𝐝𝐞𝐜𝐢𝐬𝐢ó𝐧 𝐞𝐬𝐭𝐫𝐚𝐭é𝐠𝐢𝐜𝐚 𝐝𝐞 𝐫𝐞𝐬𝐢𝐥𝐢𝐞𝐧𝐜𝐢𝐚 𝐞𝐦𝐩𝐫𝐞𝐬𝐚𝐫𝐢𝐚𝐥.

El contexto está obligando a las a replantear una pregunta que antes parecía exclusivamente técnica: ¿cómo garantizar estabilidad operativa en un entorno de creciente incertidumbre energética?

La estrechez en la oferta de gas natural, la volatilidad de los líquidos y la exposición a precios spot en el mercado eléctrico han transformado la planificación energética en un componente esencial de la gestión de riesgos corporativos.

⤷Felipe Trespalacios Serna, asociado del equipo de y de Dentons Cardenas & Cardenas, desarrolla un análisis especialmente relevante sobre cómo la evolución regulatoria en está habilitando modelos más sofisticados, flexibles y resilientes de abastecimiento energético para el sector empresarial.

El artículo expone cómo figuras regulatorias impulsadas por la CREG —como la autogeneración, la generación distribuida y la autogeneración remota— están cambiando la forma en que las compañías estructuran su consumo energético, incorporando soluciones que combinan eficiencia operativa, previsibilidad financiera y mitigación de riesgos.



La energía dejó de ser un costo operativo: hoy es una decisión estratégica de resiliencia empresarial. Felipe Trespalacios Serna En

📌¿𝐏𝐮𝐞𝐝𝐞 𝐮𝐧 𝐬𝐢𝐦𝐩𝐥𝐞 𝐜𝐨𝐫𝐫𝐞𝐨 𝐞𝐥𝐞𝐜𝐭𝐫ó𝐧𝐢𝐜𝐨 𝐯𝐢𝐧𝐜𝐮𝐥𝐚𝐫 𝐣𝐮𝐝𝐢𝐜𝐢𝐚𝐥𝐦𝐞𝐧𝐭𝐞 𝐚 𝐮𝐧𝐚 𝐞𝐦𝐩𝐫𝐞𝐬𝐚 𝐞𝐱𝐭𝐫𝐚𝐧𝐣𝐞𝐫𝐚 𝐞𝐧 𝐂𝐨𝐥𝐨𝐦𝐛𝐢𝐚?La discusión sobre la n...
15/05/2026

📌¿𝐏𝐮𝐞𝐝𝐞 𝐮𝐧 𝐬𝐢𝐦𝐩𝐥𝐞 𝐜𝐨𝐫𝐫𝐞𝐨 𝐞𝐥𝐞𝐜𝐭𝐫ó𝐧𝐢𝐜𝐨 𝐯𝐢𝐧𝐜𝐮𝐥𝐚𝐫 𝐣𝐮𝐝𝐢𝐜𝐢𝐚𝐥𝐦𝐞𝐧𝐭𝐞 𝐚 𝐮𝐧𝐚 𝐞𝐦𝐩𝐫𝐞𝐬𝐚 𝐞𝐱𝐭𝐫𝐚𝐧𝐣𝐞𝐫𝐚 𝐞𝐧 𝐂𝐨𝐥𝐨𝐦𝐛𝐢𝐚?

La discusión sobre la notificación dejó de ser un asunto meramente tecnológico para convertirse en un tema crítico de gestión de riesgo legal internacional. Y la tendencia jurisprudencial en Colombia parece avanzar hacia una respuesta cada vez más contundente: sí.

⤷Jonathan Alexander Sanchez, abogado de Holland & Knight LLP y especialista en y resolución de disputas, analiza un escenario que hoy preocupa especialmente a con operaciones comerciales, laborales o contractuales vinculadas al país: la posibilidad de quedar válidamente de un proceso judicial en Colombia aun sin contar con domicilio o sucursal local.

El análisis muestra cómo, a partir de la interpretación del artículo 8 de la Ley 2213 de 2022, la jurisprudencia ha venido flexibilizando los mecanismos tradicionales de cooperación judicial internacional. La Corte Constitucional y la Sala Civil de la Corte Suprema han abierto paso a una aplicación más amplia de la notificación electrónica, incluso frente a demandados domiciliados en el exterior, reduciendo la necesidad de exhortos o cartas rogatorias en determinados escenarios.

Además, con la entrada en vigor de la Ley 2452 de 2025 y el nuevo Código Procesal del Trabajo y de la Seguridad Social, el impacto para empleadores extranjeros podría ser aún mayor en un entorno donde las relaciones laborales digitales y transnacionales son cada vez más frecuentes.



Un correo electrónico puede bastar para vincular a una empresa extranjera a un proceso en Colombia. Jonatha Alexander Sánchez Para

📌¿𝐏𝐮𝐞𝐝𝐞 𝐞𝐱𝐢𝐬𝐭𝐢𝐫 𝐣𝐮𝐬𝐭𝐚 𝐜𝐚𝐮𝐬𝐚 𝐝𝐞 𝐝𝐞𝐬𝐩𝐢𝐝𝐨 𝐚𝐮𝐧 𝐜𝐮𝐚𝐧𝐝𝐨 𝐧𝐨 𝐬𝐞 𝐡𝐚𝐲𝐚 𝐦𝐚𝐭𝐞𝐫𝐢𝐚𝐥𝐢𝐳𝐚𝐝𝐨 𝐮𝐧 𝐩𝐞𝐫𝐣𝐮𝐢𝐜𝐢𝐨 𝐜𝐨𝐧𝐜𝐫𝐞𝐭𝐨?𝐋𝐚 𝐒𝐚𝐥𝐚 𝐋𝐚𝐛𝐨𝐫𝐚𝐥 𝐝𝐞 𝐥𝐚 𝐂...
15/05/2026

📌¿𝐏𝐮𝐞𝐝𝐞 𝐞𝐱𝐢𝐬𝐭𝐢𝐫 𝐣𝐮𝐬𝐭𝐚 𝐜𝐚𝐮𝐬𝐚 𝐝𝐞 𝐝𝐞𝐬𝐩𝐢𝐝𝐨 𝐚𝐮𝐧 𝐜𝐮𝐚𝐧𝐝𝐨 𝐧𝐨 𝐬𝐞 𝐡𝐚𝐲𝐚 𝐦𝐚𝐭𝐞𝐫𝐢𝐚𝐥𝐢𝐳𝐚𝐝𝐨 𝐮𝐧 𝐩𝐞𝐫𝐣𝐮𝐢𝐜𝐢𝐨 𝐜𝐨𝐧𝐜𝐫𝐞𝐭𝐨?

𝐋𝐚 𝐒𝐚𝐥𝐚 𝐋𝐚𝐛𝐨𝐫𝐚𝐥 𝐝𝐞 𝐥𝐚 𝐂𝐨𝐫𝐭𝐞 𝐒𝐮𝐩𝐫𝐞𝐦𝐚 𝐝𝐞 𝐉𝐮𝐬𝐭𝐢𝐜𝐢𝐚 vuelve a poner sobre la mesa un debate clave en materia disciplinaria y laboral con la Sentencia STL20479-2025: el alcance real del debido proceso y la configuración de las faltas graves dentro de la relación de trabajo.

⤷María Juliana Andrade Sarmiento, asesora laboral de Álvarez Liévano Laserna Abogados y especialista en y de la , desarrolla una lectura especialmente relevante sobre los límites del fuero sindical y las obligaciones del empleador dentro de los procesos disciplinarios.

El caso analizado gira en torno a un aforado que, durante su turno como vigilante, participó virtualmente en una asamblea sindical sin autorización previa. Aunque el Tribunal Superior consideró que existían vicios en el procedimiento disciplinario, la Corte Suprema concluyó que sí se habían garantizado las condiciones esenciales del debido proceso, recordando además que la justa causa no exige necesariamente la acreditación de un daño concreto cuando la conducta ya ha sido tipificada como falta grave en el artículo 62 del C.S.T. y en el Reglamento Interno de Trabajo.

Entre los puntos más relevantes del análisis, el artículo explica:

• Cómo la Corte delimita las verdaderas garantías mínimas del debido proceso laboral.
• Por qué el derecho de defensa no implica necesariamente una segunda instancia disciplinaria.
• La diferencia entre la existencia de una falta grave y la demostración de un perjuicio efectivo.
• El alcance jurídico del fuero sindical frente al incumplimiento de obligaciones laborales.
• La posición de la Corte sobre la inexistencia de una obligación de aplicar sanciones progresivas antes del despido.
• El papel del Reglamento Interno de Trabajo en la estructuración de causales disciplinarias válidas.

La decisión deja una reflexión relevante para empleadores, abogados y organizaciones sindicales: las garantías procesales protegen derechos, pero no neutralizan el ejercicio legítimo de la potestad disciplinaria cuando existen incumplimientos claramente tipificados.

La justa causa no depende de la materialización de un perjuicio en concreto, sino de la configuración de una falta

📌¿𝐋𝐚𝐧𝐳𝐚𝐫í𝐚𝐬 𝐮𝐧 𝐩𝐫𝐨𝐝𝐮𝐜𝐭𝐨 𝐬𝐚𝐛𝐢𝐞𝐧𝐝𝐨 𝐪𝐮𝐞 𝐩𝐨𝐝𝐫í𝐚𝐬 𝐭𝐞𝐧𝐞𝐫 𝐪𝐮𝐞 𝐜𝐚𝐦𝐛𝐢𝐚𝐫𝐥𝐞 𝐞𝐥 𝐧𝐨𝐦𝐛𝐫𝐞, 𝐛𝐚𝐣𝐚𝐫 𝐭𝐨𝐝𝐚 𝐥𝐚 𝐜𝐚𝐦𝐩𝐚ñ𝐚 𝐨 𝐞𝐧𝐟𝐫𝐞𝐧𝐭𝐚𝐫 𝐮𝐧 𝐫𝐞𝐜𝐥𝐚𝐦𝐨...
15/05/2026

📌¿𝐋𝐚𝐧𝐳𝐚𝐫í𝐚𝐬 𝐮𝐧 𝐩𝐫𝐨𝐝𝐮𝐜𝐭𝐨 𝐬𝐚𝐛𝐢𝐞𝐧𝐝𝐨 𝐪𝐮𝐞 𝐩𝐨𝐝𝐫í𝐚𝐬 𝐭𝐞𝐧𝐞𝐫 𝐪𝐮𝐞 𝐜𝐚𝐦𝐛𝐢𝐚𝐫𝐥𝐞 𝐞𝐥 𝐧𝐨𝐦𝐛𝐫𝐞, 𝐛𝐚𝐣𝐚𝐫 𝐭𝐨𝐝𝐚 𝐥𝐚 𝐜𝐚𝐦𝐩𝐚ñ𝐚 𝐨 𝐞𝐧𝐟𝐫𝐞𝐧𝐭𝐚𝐫 𝐮𝐧 𝐫𝐞𝐜𝐥𝐚𝐦𝐨 𝐥𝐞𝐠𝐚𝐥… 𝐬𝐞𝐦𝐚𝐧𝐚𝐬 𝐝𝐞𝐬𝐩𝐮é𝐬 𝐝𝐞 𝐬𝐚𝐥𝐢𝐫 𝐚𝐥 𝐦𝐞𝐫𝐜𝐚𝐝𝐨?

Eso es exactamente lo que ocurre cuando la se deja “𝐩𝐚𝐫𝐚 𝐝𝐞𝐬𝐩𝐮é𝐬”. En la práctica, lo que parece agilidad en el puede convertirse en un retroceso costoso, tanto en reputación como en recursos.

⤷ En un entorno donde la velocidad manda, la propiedad intelectual suele percibirse como fricción. Pero el análisis de María Camila Tovar Alvarez —asociada del área de marcas en Lloreda Camacho & Co.., con formación en la Pontificia Universidad Javeriana y una maestría en Propiedad Intelectual de la Universidad de los Andes - Colombia— propone un giro clave: proteger no es retrasar, es evitar rehacer.

Desde su experiencia asesorando portafolios marcarios y gestionando conflictos por infracción, introduce una idea incómoda pero necesaria: muchos de los problemas legales más costosos no surgen por mala fe, sino por falta de anticipación.

¿Qué encontrarás en este análisis?

• Por qué un nombre “disponible” en internet puede no ser legalmente viable
• Los riesgos reales de lanzar sin validar derechos de marca
• Cómo el uso indebido de imágenes, música o contenido puede escalar rápidamente
• La importancia de asegurar la titularidad de derechos con terceros desde el inicio
• El impacto de estos errores en posicionamiento, costos y credibilidad
• Cómo integrar la propiedad intelectual como parte del proceso estratégico de lanzamiento



La propiedad intelectual no retrasa lanzamientos; evita tener que rehacerlos. María Camila Tovar Lanzar un producto nuevo suele ser un

📌¿𝐘 𝐬𝐢 𝐥𝐚 𝐬𝐨𝐬𝐭𝐞𝐧𝐢𝐛𝐢𝐥𝐢𝐝𝐚𝐝 𝐝𝐞𝐣ó 𝐝𝐞 𝐬𝐞𝐫 𝐝𝐢𝐬𝐜𝐮𝐫𝐬𝐨… 𝐩𝐚𝐫𝐚 𝐜𝐨𝐧𝐯𝐞𝐫𝐭𝐢𝐫𝐬𝐞 𝐞𝐧 𝐮𝐧𝐚 𝐨𝐛𝐥𝐢𝐠𝐚𝐜𝐢ó𝐧 𝐪𝐮𝐞 𝐬í 𝐬𝐞 𝐚𝐮𝐝𝐢𝐭𝐚, 𝐬𝐞 𝐯𝐞𝐫𝐢𝐟𝐢𝐜𝐚 𝐲 𝐬𝐞 𝐬𝐚𝐧...
15/05/2026

📌¿𝐘 𝐬𝐢 𝐥𝐚 𝐬𝐨𝐬𝐭𝐞𝐧𝐢𝐛𝐢𝐥𝐢𝐝𝐚𝐝 𝐝𝐞𝐣ó 𝐝𝐞 𝐬𝐞𝐫 𝐝𝐢𝐬𝐜𝐮𝐫𝐬𝐨… 𝐩𝐚𝐫𝐚 𝐜𝐨𝐧𝐯𝐞𝐫𝐭𝐢𝐫𝐬𝐞 𝐞𝐧 𝐮𝐧𝐚 𝐨𝐛𝐥𝐢𝐠𝐚𝐜𝐢ó𝐧 𝐪𝐮𝐞 𝐬í 𝐬𝐞 𝐚𝐮𝐝𝐢𝐭𝐚, 𝐬𝐞 𝐯𝐞𝐫𝐢𝐟𝐢𝐜𝐚 𝐲 𝐬𝐞 𝐬𝐚𝐧𝐜𝐢𝐨𝐧𝐚?

El en está entrando en una nueva etapa. Ya no hablamos de principios aspiracionales o compromisos voluntarios, sino de reglas concretas que impactan directamente la operación empresarial. La reciente 𝐑𝐞𝐬𝐨𝐥𝐮𝐜𝐢ó𝐧 1491 𝐝𝐞 2025 marca ese punto de inflexión: traduce la agenda ambiental en cargas jurídicas reales, medibles y exigibles.

⤷En este escenario, el análisis cobra especial valor al poner el foco donde muchas organizaciones aún no están mirando. Juan Felipe Taboada Bianchi —asociado sénior en Garrigues, con más de 9 años de experiencia y una práctica consolidada en derecho ambiental— articula una lectura que conecta regulación, operación y riesgo desde una perspectiva práctica y estratégica.

¿Qué encontrarás en este análisis?

• Cómo la regulación ambiental está pasando de lo declarativo a lo exigible
• El verdadero alcance operativo de las nuevas obligaciones para las empresas
• Por qué la trazabilidad y el reporte se convierten en ejes centrales del cumplimiento
• Los riesgos no solo sancionatorios, sino también reputacionales y relacionales
• El desafío de coordinar múltiples autoridades en procesos ambientales complejos
• La transformación del cumplimiento: de evento puntual a proceso continuo

El derecho ambiental viene dando un giro claro: las obligaciones dejaron de ser enunciados programáticos y pasaron a convertirse en

📌¿𝐑𝐨𝐦𝐩𝐞𝐫 𝐜𝐨𝐧 𝐞𝐥 𝐚𝐫𝐛𝐢𝐭𝐫𝐚𝐣𝐞 𝐝𝐞 𝐢𝐧𝐯𝐞𝐫𝐬𝐢ó𝐧 𝐞𝐬 𝐮𝐧𝐚 𝐚𝐟𝐢𝐫𝐦𝐚𝐜𝐢ó𝐧 𝐝𝐞 𝐬𝐨𝐛𝐞𝐫𝐚𝐧í𝐚… 𝐨 𝐮𝐧𝐚 𝐝𝐞𝐜𝐢𝐬𝐢ó𝐧 𝐪𝐮𝐞 𝐩𝐮𝐞𝐝𝐞 𝐫𝐞𝐝𝐞𝐟𝐢𝐧𝐢𝐫 𝐬𝐢𝐥𝐞𝐧𝐜𝐢𝐨𝐬𝐚𝐦𝐞𝐧𝐭...
15/05/2026

📌¿𝐑𝐨𝐦𝐩𝐞𝐫 𝐜𝐨𝐧 𝐞𝐥 𝐚𝐫𝐛𝐢𝐭𝐫𝐚𝐣𝐞 𝐝𝐞 𝐢𝐧𝐯𝐞𝐫𝐬𝐢ó𝐧 𝐞𝐬 𝐮𝐧𝐚 𝐚𝐟𝐢𝐫𝐦𝐚𝐜𝐢ó𝐧 𝐝𝐞 𝐬𝐨𝐛𝐞𝐫𝐚𝐧í𝐚… 𝐨 𝐮𝐧𝐚 𝐝𝐞𝐜𝐢𝐬𝐢ó𝐧 𝐪𝐮𝐞 𝐩𝐮𝐞𝐝𝐞 𝐫𝐞𝐝𝐞𝐟𝐢𝐧𝐢𝐫 𝐬𝐢𝐥𝐞𝐧𝐜𝐢𝐨𝐬𝐚𝐦𝐞𝐧𝐭𝐞 𝐞𝐥 𝐫𝐢𝐞𝐬𝐠𝐨 𝐩𝐚í𝐬?

está en un momento bisagra. Lo que antes era un asunto técnico, hoy se ha convertido en una conversación estratégica: cómo equilibrar la capacidad regulatoria del con la necesidad de seguir siendo un destino confiable para la inversión extranjera.

⤷En este contexto, el análisis cobra especial relevancia al introducir una mirada que va más allá de los lugares comunes. Daniel Garcia Escobar —asociado en Dentons Cardenas & Cardenas, con una práctica enfocada en Energía y Recursos Naturales y experiencia en operaciones transfronterizas, mercados de capitales y transacciones estratégicas— aborda el tema desde donde realmente importa. La intersección entre derecho, inversión y realidad económica.

Su lectura no cae en simplificaciones. Por el contrario, revela una idea clave: el arbitraje de inversión no es un sistema aislado que pueda “𝒂𝒑𝒂𝒈𝒂𝒓𝒔𝒆” con una sola decisión, sino una red jurídica sofisticada que trasciende foros específicos y responde a compromisos internacionales más amplios.

Ahí es donde el debate se vuelve verdaderamente interesante.



“Salir del CIADI puede cerrar un foro específico, pero no desactiva el andamiaje jurídico que permite a los inversionistas reconfigurar

📌𝐄𝐥 𝐩𝐫𝐨𝐛𝐥𝐞𝐦𝐚 𝐧𝐨 𝐞𝐬 𝐥𝐚 𝐬𝐚𝐧𝐜𝐢ó𝐧 𝐩𝐨𝐫 𝐧𝐨 𝐫𝐞𝐩𝐨𝐫𝐭𝐚𝐫 𝐮𝐧 𝐢𝐧𝐜𝐢𝐝𝐞𝐧𝐭𝐞 𝐝𝐞 𝐬𝐞𝐠𝐮𝐫𝐢𝐝𝐚𝐝.𝐄𝐥 𝐩𝐫𝐨𝐛𝐥𝐞𝐦𝐚 𝐞𝐬 𝐧𝐨 𝐞𝐬𝐭𝐚𝐫 𝐩𝐫𝐞𝐩𝐚𝐫𝐚𝐝𝐨 𝐩𝐚𝐫𝐚 𝐢𝐝𝐞𝐧𝐭𝐢𝐟𝐢𝐜...
09/05/2026

📌𝐄𝐥 𝐩𝐫𝐨𝐛𝐥𝐞𝐦𝐚 𝐧𝐨 𝐞𝐬 𝐥𝐚 𝐬𝐚𝐧𝐜𝐢ó𝐧 𝐩𝐨𝐫 𝐧𝐨 𝐫𝐞𝐩𝐨𝐫𝐭𝐚𝐫 𝐮𝐧 𝐢𝐧𝐜𝐢𝐝𝐞𝐧𝐭𝐞 𝐝𝐞 𝐬𝐞𝐠𝐮𝐫𝐢𝐝𝐚𝐝.
𝐄𝐥 𝐩𝐫𝐨𝐛𝐥𝐞𝐦𝐚 𝐞𝐬 𝐧𝐨 𝐞𝐬𝐭𝐚𝐫 𝐩𝐫𝐞𝐩𝐚𝐫𝐚𝐝𝐨 𝐩𝐚𝐫𝐚 𝐢𝐝𝐞𝐧𝐭𝐢𝐟𝐢𝐜𝐚𝐫𝐥𝐨.

En el contexto del régimen colombiano de de , esta discusión ha tomado especial relevancia a la luz de las obligaciones establecidas en la Ley 1581 de 2012 y la Circular Única de la SIC, donde el reporte de incidentes de seguridad trasciende el cumplimiento formal y se convierte en un elemento estructural de la gestión empresarial .

⤷Ahí es donde el análisis de Alejandro Gómez Laserna cobra especial valor. Desde su práctica en asesoría empresarial en FAKTEN LEGAL, su lectura del problema no se limita a la norma, sino que la vincula con la realidad operativa de las organizaciones. Su enfoque —marcado por el cruce entre derecho corporativo, protección de datos y cumplimiento— permite entender cómo la regulación impacta directamente la toma de decisiones y la gestión del riesgo.

🚦Su conclusión es clara, reducir el costo del incumplimiento al valor de una multa es una visión incompleta. Aunque el régimen sancionatorio contempla multas de hasta 2.000 SMMLV, e incluso medidas como la suspensión o el cierre de operaciones, estas son apenas la parte visible. El verdadero costo se construye antes: en la capacidad de identificar un incidente, en la claridad de los protocolos internos y en el nivel de preparación jurídica, tecnológica y organizacional de la empresa.

Superintendencia de Industria y Comercio

“(…) preguntarse por el costo de no reportar un incidente de seguridad no equivale a descifrar el valor de la

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