14/02/2017
¿Debería existir un servicio de alerta registral pagado?
El contrato de adhesión del servicio de Alerta Registral indica que es gratuito en su cuarta clausula.
La cláusula sétima indica lo siguiente:
"Sétimo: En ningún caso, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos -SUNARP tendrá responsabilidad por los defectos técnicos que el servicio pudiera presentar, quedando exenta de cualquier responsabilidad por los daños y perjuicios que pudieran derivarse de la prestación del servicio."
Esto significa que el sistema puede fallar. Algunos dirán que es imposible que eso suceda, pero este es el país donde todo puede suceder.
¿Y si Registros Públicos te diera una alerta registral adicional que fuese pagada?
Registros Públicos podría crear un servicio pagado de alerta registral donde fuese necesaria la notificación al titular registral(física o de manera virtual) para continuar con el trámite, y donde se garantice su funcionamiento. Algunos dirán que sería una medida injusta para quienes no pueden pagar por ese servicio adicional. De todos modos son los administrados quienes mediante el pago de sus tasas registrales permiten que este mecanismo funcione.
¿Qué tal si ese costo del servicio fuese pagado al momento de la inscripción? Puede ser sostenible en el tiempo, si fuese así. Claro que algunas partidas tienen más movimientos que otros. Hay dos posibilidades: Hacer el servicio de alerta registral voluntario u obligatorio. Hacerlo obligatorio tiene algunos beneficios que debieran ser examinados. Pero todo sistema no es perfecto, es perfeccionable, y eso cualquier profesional de seguridad lo sabe.
El artículo 10 del Reglamento de la Ley 30313 dispuso la posibilidad de registrarse al servicio de alerta registral mediante la consignación del correo electrónico y el celular en el formulario de solicitud de inscripción, sin embargo esta opción convierte en público el número del solicitante que se considera privado. Mejor es crear una solicitud autónoma para evitar exponer información privada al público en general, pues como sabemos cualquier puede tener acceso a ese formulario de inscripción cuando esté inscrito.
El servicio actualmente siempre es voluntario, aunque el reglamento utilice ese término.
Quiero indicar que no estoy en contra del servicio de alerta registral. Es una herramienta útil y económica.
¿Entonces proteger la propiedad será más caro?
Lamentablemente esa es la realidad. Los delincuentes también invierten en recursos humanos, capacitación, insumos, abogados y sobornos.
Si se implementa un mecanismo eficiente para avisar a los titulares registrales, los delincuentes no podrán hacerlo a escondidas. Estos pueden hacerlo con conocimiento de los titulares registrales mediante: amenazas y extorsión. En esa situación no habrá manera de que los registradores, servidores públicos y notarios puedan percatarse del fraude(pero siempre hay excepciones), sin un proceso penal de por medio; porque el proceso civil como primera opción no es el proceso más adecuado para juzgar actos ilícitos relacionados con delitos, pero ese es otro asunto.
Alerta registral puede ser un servicio pagado donde la notificación pueda ser física y opcionalmente otro mecanismo que garantice el servicio y la constancia de recibido.Eso sería un avance. Por otro lado los registradores no verifican físicamente los inmuebles, solo ven documentos, así lo manda la ley, ellos no tienen la culpa de todo.
Saludos
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