11/01/2022
OBLIGADOS A PRESENTAR LA DECLARACIÓN JURADA ANUAL DEL IMPUESTO A LA RENTA. | ¿QUIÉNES SE ENCUENTRAN OBLIGADOS A PRESENTAR RENTA ANUAL Y QUIENES NO?
Para el ejercicio 2021 quienes hubieran obtenido rentas o pérdidas de Tercera categoría y que hubieran estado afectos al Régimen General y/o al Régimen MYPE Tributario del Impuesto a la Renta.
También se encuentran obligados a presentar la declaración, las personas o entidades generadoras de rentas de Tercera categoría que hubieran realizado operaciones gravadas con el Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) por haber efectuado el pago de más del 15% de sus obligaciones sin utilizar dinero en efectivo o medios de pago.
obligados a declarar:
- No están obligados a presentar la declaración jurada anual, los que obtienen Rentas de Tercera Categoría comprendidos en:
- El Nuevo Régimen Único Simplificado – Nuevo RUS
- El Régimen Especial del Impuesto a la Renta - RER.
Si durante algún mes o periodo del año 2021, su empresa se acogió al Régimen MYPE Tributario o al Régimen General, entonces deberá presentar su Declaración Jurada Anual con la información que corresponda desde su ingreso a cualquiera de dichos regímenes hasta el 31/12/2021.
: NO PRESENTAR LA DECLARACION SE CONFIGURA CON UNA INFRACCION SEGÚN EL ARTICULO 176 NUMERAL 1 DEL CODIGO TRIBUTARIO, DE 1 UIT (S/4,600.00)