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06/10/2026
04/10/2026

Cae agua sobre las autoridades que participaban en la Asamblea convocada para revisar la consulta de la propuesta de Ley de Derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas.

04/10/2026

DENUNCIA PÚBLICA
!POR EL TRATO INDIGNO A LAS AUTORIDADES COMUNITARIAS EN LA ASAMBLEA DE CONSULTA SOBRE LA PROPUESTA DE LEY INDÍGENA!

03 de octubre de 2026

Los pueblos y comunidades indígenas alzamos la voz y denunciamos públicamente las condiciones indignas en las que fueron recibidas las autoridades comunitarias que acudieron a la Asamblea convocada para revisar la consulta de la propuesta de Ley de Derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas.

Lo decimos con claridad: esto no es un asunto menor de organización, ni un simple problema de logística.

Cuando se convoca a los pueblos indígenas para hablar de nuestros derechos, pero se les recibe sin condiciones dignas, sin infraestructura suficiente, sin alimentos adecuados y con apoyos de traslado que no cubren siquiera los gastos básicos de las autoridades comunitarias, se está enviando un mensaje preocupante sobre el valor que se le está dando a nuestra participación.

¿DÓNDE ESTÁ EL RESPETO A LOS PUEBLOS INDÍGENAS?

Desde un principio, el Consejo Indígena y las autoridades de las comunidades de Tancanhuitz solicitaron algo tan básico como lonas adecuadas para proteger a las personas asistentes de las condiciones climáticas.

¿Qué recibieron?
Hules negros amarrados con mecates.

Durante la lluvia, esos hules terminaron colapsando por el peso del agua.

¿Esas son las condiciones que se consideran dignas para recibir a las autoridades de los pueblos indígenas?

¿Así se pretende construir una ley que supuestamente reconoce nuestros derechos?

Las sillas tampoco fueron suficientes. Tuvieron que sacar bancas de madera y, aun así, no alcanzaron para todas las personas que acudieron a participar.

Y después vino otra situación que no podemos callar.

Al momento de proporcionar los alimentos, se entregó "un platito de zacahuil”, pero la comida no fue suficiente para todas las personas asistentes.

No estamos reclamando privilegios.

Estamos señalando que cuando el Estado convoca a las autoridades comunitarias para participar en un proceso relacionado directamente con sus derechos, debe garantizar condiciones mínimas de dignidad y participación.

Y LOS GASTOS DE TRASLADO, ¿QUIÉN LOS ASUMIÓ?

Al momento de cubrir los gastos de camino, únicamente se entregaron $300 pesos por comunidad.

Esa cantidad fue insuficiente.

Muchas autoridades comunitarias tuvieron que poner dinero de sus propios bolsillos para poder acudir a una Asamblea a la que fueron convocadas para participar en un proceso de consulta.

Entonces preguntamos:
¿Quién reconoce el esfuerzo de las autoridades comunitarias?

¿Quién reconoce las horas de camino?

¿Quién reconoce el tiempo que dejan sus familias, sus comunidades y sus actividades?

¿Quién reconoce el gasto que hicieron para estar presentes?

Y, sobre todo:

¿QUIÉN ESTÁ ESCUCHANDO REALMENTE A LOS PUEBLOS INDÍGENAS?

Porque consultar no significa solamente convocar.

Consultar no significa sentar a las autoridades en unas bancas y permitir que la lluvia caiga sobre ellos.

Consultar no significa entregar un plato de comida.

Consultar no significa dar $300 pesos y pretender que con eso se cubran los gastos de traslado.

El Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo establece que, cuando se prevean medidas legislativas susceptibles de afectar directamente a los pueblos indígenas, estos deben ser consultados mediante procedimientos apropiados y, particularmente, a través de sus instituciones representativas; También establece que las consultas deben realizarse de buena fe y de manera apropiada a las circunstancias, con la finalidad de llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento respecto de las medidas propuestas.

La propia OIT ha señalado que la consulta es un derecho humano colectivo y que la obligación de garantizar que se realice adecuadamente corresponde a los gobiernos.

Por ello, una consulta no puede convertirse en un acto meramente formal para cumplir con una fotografía, una lista de asistencia o un requisito administrativo.

Los pueblos indígenas tenemos derecho a participar de manera libre, informada, culturalmente adecuada y de buena fe, a través de nuestras instituciones representativas.

NO SOMOS INVITADOS DE SEGUNDA

Hoy queremos decirlo fuerte y claro:

Las autoridades comunitarias no somos invitados de segunda.

No somos personas que deban agradecer cualquier condición que se nos otorgue.

No somos una estadística.

No somos un número en una lista de asistencia.

No somos una fotografía para demostrar que los pueblos indígenas estuvieron presentes.

Somos pueblos con historia, con identidad, con lengua, con territorio, con instituciones propias y con derechos.

Y cuando nuestras autoridades caminan horas para llegar a una Asamblea, cuando dejan sus comunidades para acudir a una consulta, cuando pagan de su propio bolsillo los gastos que deberían estar contemplados, lo mínimo que merecen es respeto y condiciones dignas.

Por eso hoy nos levantamos.

Nos levantamos desde el coraje, desde la dignidad y desde la memoria de nuestros pueblos.

Porque hemos aprendido que cuando guardamos silencio, otros hablan por nosotros.

Cuando no reclamamos, otros deciden por nosotros.

Y cuando permitimos que nuestra participación sea tratada como un trámite, otros terminan escribiendo leyes sobre nuestros pueblos sin escuchar verdaderamente nuestra voz.

EXIGIMOS:

Primero: Que se reconozca públicamente la situación ocurrida durante esta Asamblea y se explique por qué las autoridades comunitarias fueron recibidas en condiciones que consideramos indignas.

Segundo: Que las próximas etapas del proceso de consulta garanticen condiciones materiales adecuadas, accesibles y dignas para la participación efectiva de las comunidades y sus autoridades.

Tercero: Que se garantice una participación real de las instituciones representativas de los pueblos y comunidades indígenas y que sus propuestas sean escuchadas y consideradas.

Cuarto: Que los procesos de consulta se desarrollen con estricto respeto a los principios de buena fe, participación efectiva, información adecuada y diálogo intercultural.

Quinto: Que se transparenten los recursos destinados a la realización de estas Asambleas, incluyendo los conceptos relativos a alimentación, infraestructura y gastos de traslado.

Sexto: Que la voz de las autoridades comunitarias no sea utilizada únicamente para legitimar decisiones previamente tomadas.

¿ACASO LAS COMUNIDADES INDÍGENAS NO MERECEMOS RESPETO?

Sí lo merecemos.

Y por eso hoy lo decimos públicamente:

NO NOS VAMOS A CALLAR.

Nuestra dignidad no se negocia.

Nuestra palabra no se compra.

Nuestra participación no se simula.

POR EL RESPETO A LOS PUEBLOS Y COMUNIDADES INDÍGENAS.

POR LA DIGNIDAD DE NUESTRAS AUTORIDADES COMUNITARIAS.

POR UNA CONSULTA REAL, LIBRE, INFORMADA, CULTURALMENTE ADECUADA Y DE BUENA FE.

!NUESTRA PALABRA CUENTA!

¡NUESTRA DIGNIDAD SE RESPETA!

¡NUESTROS DERECHOS NO SE NEGOCIAN!

Total administración y apoyo por su gran labor en la sociedad.
26/09/2026

Total administración y apoyo por su gran labor en la sociedad.

25/09/2026

📢 | TEPJF ordena consulta indígena que el Estado negó durante años

Tras años de litigio y resistencia comunitaria, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) resolvió de manera unánime el Recurso de Reconsideración SUP-REC-247/2026, interpuesto por Rafael Reyes Martínez, representante del pueblo tének de la región Huasteca. La sentencia revoca las resoluciones previas que negaban la competencia del Consejo Estatal Electoral y de Participación Ciudadana de San Luis Potosí (CEEPAC) y ordena a este organismo asumir la organización de la consulta indígena para el cambio del sistema de elección por partidos políticos hacia un sistema normativo indígena de usos y costumbres en los municipios de Tancanhuitz, Tanlajás y San Antonio.¹

La resolución no es un hecho aislado. Es el eslabón más reciente de una cadena de omisiones institucionales que se remonta, al menos, a 2021, cuando las comunidades tének y náhuatl presentaron sus primeras demandas ante la omisión del CEEPAC para garantizar su derecho a la consulta indígena. En 2023, el Tribunal Electoral del Estado de San Luis Potosí (TEESLP) ya había reconocido que las acciones del CEEPAC no se realizaron con la suficiente oportunidad, ordenándole gestionar ante el Congreso local la inclusión del tema en la consulta de 2022.² Sin embargo, la respuesta institucional fue la evasión: el CEEPAC argumentó que correspondía al Congreso del Estado realizar la consulta, derivando la solicitud al Poder Legislativo y deslindándose de su responsabilidad.³ El Tribunal Electoral local, en una resolución de mayo de 2026, confirmó ese criterio, avalando la omisión bajo el argumento de que la Ley de Consulta Indígena no facultaba al organismo electoral para organizar el proceso.

La Sala Superior del TEPJF ahora desmonta esa narrativa. Al revocar las sentencias de la Sala Regional Monterrey y del tribunal potosino, así como el acuerdo del CEEPAC, el máximo tribunal electoral establece que la consulta es de naturaleza electoral y no requiere de una reforma legislativa previa para que la autoridad administrativa proceda a su organización. El fallo reconoce que, conforme al marco constitucional y al reconocimiento de los pueblos indígenas como sujetos de derecho público, la solicitud para decidir sobre el sistema de elección de sus autoridades municipales constituye un ejercicio legítimo de su autogobierno y autonomía.

Los municipios indígenas que han impulsado esta lucha viven altos índices de pobreza extrema y marginación, con una desatención permanente que los ha dejado excluidos de su desarrollo.⁴ La región Huasteca, que abarca 20 municipios entre San Luis Potosí, es un territorio vivo donde habitan cerca de 216,338 personas de los pueblos tének, náhuatl y xi’iuy.⁵

La sentencia de la Sala Superior ordena al CEEPAC reconocer su competencia y establecer, en coordinación con las comunidades, las condiciones necesarias para llevar a cabo un procedimiento de consulta libre, informado, culturalmente adecuado y de buena fe, retomando los trabajos previamente realizados. El Pleno determinó que la decisión comunitaria orienta la actuación de las instituciones públicas, las cuales quedan obligadas a garantizar el procedimiento y adoptar las medidas necesarias en caso de que la comunidad ratifique el cambio de régimen normativo.

Para la promoción y litigio de este juicio, la comunidad contó con la representación de la Defensoría Pública Electoral del TEPJF, institución que garantizó el acceso efectivo a la justicia y la defensa especializada de sus derechos político-electorales. Este acompañamiento fue fundamental para llevar el caso hasta la máxima instancia electoral, superando las barreras de acceso a la justicia que enfrentan los pueblos indígenas.

Sin embargo, la pregunta que queda flotando es si esta resolución será suficiente para superar la resistencia institucional que ha caracterizado la respuesta del Estado potosino. La historia reciente muestra que las sentencias, por sí solas, no garantizan su cumplimiento. El CEEPAC deberá ahora asumir una competencia que durante años negó, y el Congreso del Estado deberá abstenerse de seguir utilizándose como escudo para postergar los derechos de las comunidades.

El futuro de la consulta dependerá, en gran medida, de la capacidad de las comunidades tének y náhuatl para mantener su organización y su presión. La experiencia de las últimas dos décadas demuestra que estos procesos no avanzan por la buena voluntad de las instituciones, sino por la persistencia de quienes exigen lo que les corresponde. La resolución del TEPJF abre una puerta. Cruzarla, y asegurar que no se convierta en otro capítulo de promesas incumplidas, es tarea de todos: de las comunidades, de las autoridades obligadas y de una sociedad que debe dejar de mirar la Huasteca como un territorio de paso y empezar a reconocerla como lo que es: un espacio donde se libra una de las batallas más importantes por la democracia y la dignidad en México.

✍️
https://bit.ly/3Sagud4
Colectivo Jól Dhut' - Timél Ja'

📎 Fuentes:

¹https://www.te.gob.mx/media/SentenciasN/pdf/monterrey/SM-JDC-0099-2023.pdf #9 #2

²https://www.teeslp.gob.mx/wp-content/uploads/2023/08/LISTA-TESLP-JDC-11-23-14-08-23-.pdf #7 #6

³ http://www.ceepacslp.org.mx/ceepac/nota/id/2835/informacion/faq.php

⁴ Consejo Estatal de Población. (2021). Perfil sociodemográfico y socioeconómico de la población indígena en el Estado de San Luis Potosí. Gobierno del Estado de San Luis Potosí.

⁵ INEGI. (2021). Panorama sociodemográfico de San Luis Potosí: Censo de Población y Vivienda 2020.https://www.inegi.org.mx/contenidos/productos/prod_serv/contenidos/espanol/bvinegi/productos/nueva_estruc/702825197971.pdf

Hablar de las mujeres indígenas es hablar también de una realidad marcada por la desigualdad, la discriminación y divers...
18/09/2026

Hablar de las mujeres indígenas es hablar también de una realidad marcada por la desigualdad, la discriminación y diversas formas de violencia que muchas veces permanecen invisibles ante la sociedad y las instituciones.

Las mujeres indígenas enfrentamos una violencia estructural que se manifiesta de muchas maneras: en las dificultades para acceder a un empleo digno, en la falta de oportunidades, en la discriminación por nuestra lengua, nuestra cultura, nuestro origen y nuestra forma de vida, no se trata únicamente de hechos aislados; son condiciones que históricamente han limitado nuestra participación y nuestras posibilidades de desarrollo.

Para muchas mujeres indígenas, encontrar trabajo no significa solamente competir por una plaza, significa enfrentar prejuicios y obstáculos por hablar una lengua originaria, por pertenecer a una comunidad, por defender nuestros derechos o simplemente por exigir que se respete nuestra dignidad.

Y cuando una mujer indígena decide alzar la voz, organizarse y defender los derechos humanos, la situación puede volverse todavía más difícil, se pretende desacreditar nuestra palabra, cuestionar nuestras intenciones o señalar nuestra participación social y comunitaria como si defender derechos fuera una falta.

!!Defender los derechos humanos no debería ser motivo de persecución, exclusión o violencia política!!.

Las mujeres indígenas tenemos derecho a participar en los asuntos públicos, a expresar nuestras opiniones, a organizarnos y a defender las causas de nuestras comunidades.
Nuestra voz tiene el mismo valor que cualquier otra voz.

Esta realidad también alcanza a las parteras indígenas tradicionales, quienes durante generaciones han acompañado a las mujeres de nuestras comunidades, particularmente en lugares donde los servicios de salud son insuficientes o se encuentran lejos.

La partería tradicional representa conocimientos ancestrales transmitidos de generación en generación, no podemos permitir que estos saberes sean invisibilizados, descalificados o desplazados sin escuchar primero a quienes los mantienen vivos.

Las parteras indígenas tienen derecho a ser escuchadas, respetadas y reconocidas, tienen derecho a participar en las decisiones y políticas públicas que afectan directamente su trabajo, sus conocimientos y sus comunidades.

De ahí que hablar de los derechos de las mujeres indígenas y de las parteras tradicionales también significa hablar del derecho a la participación, a la identidad cultural, a la libre determinación, a la igualdad y a una vida libre de violencia y discriminación.

No queremos privilegios, queremos igualdad de oportunidades y respeto a nuestros derechos.

No queremos que nuestra voz sea utilizada solamente cuando conviene a las instituciones, queremos ser escuchadas cuando se toman decisiones que afectan nuestras vidas y nuestras comunidades.

No queremos que defender los derechos humanos sea utilizado como argumento para señalarnos, excluirnos o violentarnos, defender derechos es ejercer ciudadanía.

Las mujeres indígenas no somos únicamente receptoras de políticas públicas, somos sujetas de derechos, somos trabajadoras, profesionistas, campesinas, artesanas, autoridades comunitarias, defensoras, cuidadoras y portadoras de conocimientos ancestrales.

Nuestra lengua no es una limitación.
Nuestra identidad no es una vergüenza.
Nuestra cultura no es un obstáculo.
Y nuestra voz no debe ser silenciada.

Hoy levantamos la voz para decir que las mujeres indígenas tenemos derecho a vivir, trabajar, participar y defender nuestras comunidades con dignidad, igualdad y libertad.

Y decimos también que las parteras indígenas merecen respeto, reconocimiento y un lugar digno dentro de cualquier diálogo sobre la salud, la interculturalidad y los derechos de los pueblos indígenas.

Porque cuando se silencia a una mujer indígena, no solamente se silencia a una persona: se intenta silenciar una historia, una comunidad, una lengua y una forma de entender la vida.

Por eso seguiremos hablando, participando y defendiendo nuestros derechos.

!!Nuestra voz existe. Nuestra historia existe. Nuestros saberes existen, y nuestros derechos también.
!!YA VASTA DE VIOLENCIA DE GENERO!!
Queremos igualdad, respeto y justicia. Queremos que nuestro trabajo sea reconocido por nuestra capacidad y no condicionado por nuestras ideas, nuestra identidad o nuestra defensa de los derechos humanos.
YA NO MAS VIOLENCIA..

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