Gabriel Hernandez Abogado

Gabriel Hernandez Abogado Brindo soluciones legales integrales y personalizadas, adaptadas a las necesidades específicas de cada cliente.

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28/05/2025

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11/05/2025
El divorcio unilateral en Hidalgo es aquel que se solicita por solo uno de los cónyuges ante la autoridad familiar. En e...
29/11/2022

El divorcio unilateral en Hidalgo es aquel que se solicita por solo uno de los cónyuges ante la autoridad familiar. En este tipo de divorcio no es relevante si el otro cónyuge esta de acuerdo o no en disolver el vínculo matrimonial. Ya que basta con la voluntad únicamente de uno de ellos para poner fin al matrimonio siempre que este haya durado cuando menos de un año desde su celebración.
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Corporativo jurídico Metropolitano.

Conforme al artículo 170 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, todo pagaré debe:1.- Mencionar que es un...
18/07/2019

Conforme al artículo 170 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, todo pagaré debe:

1.- Mencionar que es un pagaré en el texto del documento;
2.- Tener la promesa incondicional de pagar una determinada cantidad de dinero;
3.- Traer el nombre de la persona a quien ha de hacerse el pago;
4.- Señalar la fecha y el lugar del pago;
5.- Indicar la fecha y el lugar en que se expide el pagaré; y
6.- Estar firmado por el deudor o por la persona que firme a su ruego o en su nombre.

Un aval se hace presente en un contrato, oficio, título de crédito u otro instrumento en el que se establece el compromiso de la persona que se presta como aval. Es decir, se responsabiliza a cumplir con la obligación financiera del deudor en caso de que éste, por alguna razón, no pueda pagar el crédito otorgado.

09/06/2019

¿QUE ES UN PODER NOTARIAL?

Comenzaremos con un breve antecedente de la capacidad jurídica.

La Capacidad es la aptitud para ejercer derechos y cumplir obligaciones. En la legislación mexicana, la capacidad para obligarse inicia a los dieciocho años cumplidos; el mayor de edad dispone libremente de su persona y de sus bienes, cuando se tiene este tipo de capacidad es posible otorgar poderes notariales a favor de otros.

Un Poder Notarial Es un documento que por ley requiere ser autorizado por un notario, que le permite a una persona física o moral nombrar a otra como su representante para que actúe en su nombre y representación en determinados actos jurídicos.

El poder permite al representante acreditar su calidad de apoderado (quien recibe el poder) mediante la exhibición de la copia autorizada o testimonio del poder. Sin embargo, es importante señalar que el poderdante (quien lo otorga) es libre para revocar el poder en cualquier momento, a través de una escritura de revocación de poder.

Existen diferentes tipos de poderes y cada uno de ellos requerirá una redacción y tratamiento personalizado.

El notario será la persona indicada para asesorar sobre qué tipo de poder es adecuado para el caso en cuestión. No obstante, las principales variantes de los poderes notariales son:

1.- Poder general para pleitos y cobranzas: faculta al apoderado para representar al poderdante en juicios y efectuar cobros.

2.-Poder general para actos de administración: se otorga para que el apoderado administre bienes e intereses del mandante.

3.- Poder general para actos de dominio: faculta al apoderado para hipotecar, donar, comprar o vender bienes del poderdante.

4.- Poderes especiales: se otorgan para que el apoderado represente al poderdante únicamente en lo que se autoriza de manera expresa en el mandato y se anula automáticamente una vez que se cumple con lo encomendado.

¿Qué precauciones debo considerar al otorgar poderes notariales?
1 Evitar los poderes con facultades para, a su vez, otorgar nuevos poderes, toda vez que la revocación del primer poder otorgado no implica la revocación de los posteriores.
2 No olvidar que una vez que termina el poder hay obligación de rendir cuentas.
3 Evitar los poderes para actos de dominio sin limitación, pues el riesgo es alto, aun con gente de confianza, pues no se sabe lo que puedan cambiar las circunstancias de la persona.

Si tienes necesidad de otorgar un poder notarial, acércate a nosotros podemos asesorarte y orientarte gratuitamente lo que se tiene que hacer y te canalizamos con un notario con los que tenemos convenio para que te realice el poder notarial que necesites.

*TODA NUESTRA ASESORIA ES GRATUITA*

1991, la República de Croacia, proclama su soberanía e independencia de Yugoslavia.
25/06/2018

1991, la República de Croacia, proclama su soberanía e independencia de Yugoslavia.

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