RESEÑA HISTÓRICA
LA DIGECEX fue creada por Decreto del CU el 1º de febrero de 1947 por el entonces Rector Edgar Roldán Páez. Durante los años 50`, 60` y 70`desarrollo amplios programas culturales en expansión que van desde la construcción del Auditorio César Rengifo hasta la Fundación de la Galería de Arte la Otra Banda los. La Revista y las Ediciones Actual, los Talleres de arte y artesanía, el
Taller de Títeres y Marionetas, la Unidad de Artes Visuales y Diseño (UNAVID), etc. Fueron sus Directores algunos de los más destacados hombres de las artes de Venezuela: cabe sólo recordar a César Rengifo, Salvador Garmendia, Carlos Contramaestre, Oswaldo Vigas, Edmundo Aray y una lista importante de figuras nacionales de la cultura. En los años 80`, 90` y 2000` desarrollo programas culturales como el Sistema de Cursos y Talleres de Extensión, el Centro Universitario de Arte (CUDA), el Programa de Fundaciones Culturales, el Programa Alma Mater y otros. Algunos de los Directores de estas Décadas fueron, Alberto Arvelo Ramos, Víctor Blanco, Julio Tallaferro, Rafael Cartay, Eleazar Ontiveros, Orlando Chacón. La Digecex cuenta ahora con diez Programas culturales importantes y tiene más de 30 personas adscritas como personal de esta Dependencia. Tiene Normas para cada uno de los Programas y un Consejo Asesor respectivo. Está situada en el Edificio Administrativo de la ULA, 4º piso. Tiene a su vez adscritos cuatro espacios fuera de sus oficinas. El Auditorio César Rengifo (en el Edificio del Rectorado), la Galería de Arte la Otra Banda y los Salones de los Programas de las Fundaciones Culturales y el Sistema de Cursos y Talleres de Extensión (en el antiguo Edificio San José) y los Talleres de Títeres y Marionetas (Campo de Oro, al lado de las Residencias Masculinas). PRINCIPIOS LEGALES FUNDAMENTALES QUE DEFINEN LA DIGECEX SEGÚN LA LEY NACIONAL DE UNIVERSIDADES Y LE OTORGAN EN RIGOR SU MISIÓN Y VISIÓN:
Primero: Es una Dirección de Cultura de la ULA, por tanto, debe prestar servicios culturales, en primer lugar a la Universidad de los Andes, esto es, a las Facultades y Núcleos, es decir, a profesores, estudiantes y a toda la comunidad universitaria ulandina. Segundo: El artículo 138 de la Ley de Universidades dice: “La Dirección de Cultura…tendrá a su cargo la Dirección y Coordinación de las actividades culturales de la Universidad”. Estas actividades culturales se entienden (tal y como están presentes en todas las Instituciones de Cultura del Occidente Moderno y, en Venezuela, desde el viejo CONAC al Ministerio actual) como las actividades culturales de las Artes: La Música, la Literatura, las Artes Visuales, las Artes Escénicas y el Cine y las Artes Audiovisuales. Tercero: En la Dirección General de Cultura y Extensión se debe entender extensión, como extensión cultural, tal y como se define en la Ley de Universidades, que dice: “la Dirección de Cultura, fomentará y dirigirá las actividades de Extensión Cultural contribuyendo a la formación del alumnado y a la difusión de la Cultura en el seno de la Colectividad”, (Artículo 138). Cuarto: Toda vez que el Artículo 140 de dicha ley señala que “se podrá crear con carácter ad honorem, como órgano consultivo de la Dirección de Cultura, una Comisión Cultural”, y esta última, está prevista en el organigrama de la ULA, se constituyó la Comisión de Cultura de la DIGECEX, que con el Director conforman un Directorio. Ésta está constituida por un profesor de planta especialista-experto de cada una de las áreas de la cultura, con su respectivo suplente, y un representante para el área de Extensión Cultural, también con su suplente y dos representantes estudiantiles electos para el área de la cultura. Conjuntamente con el Director conforman la Comisión de Cultura de la DIGECEX. Quinto: Se decidió en consonancia con el Art. 141 de la Ley de Universidades elaborar y aprobar un “Reglamento”. El Art. 141 dice: “La Dirección de Cultura, con la asesoría de la Comisión, donde lo hubiese, tendrá a su cargo la Dirección y Coordinación de las actividades culturales de la Universidad, de acuerdo con el Reglamento que dicte el Consejo Universitario”. Éste Reglamento actualmente ya está elaborado, y se encuentra consignado en la Dirección de Consultoría Jurídica de la ULA, para que esta Dependencia luego la remita a Consejo Universitario.